Descanso semanal normal y reducido (Reg. 561/2006)
Redacción CABINA
Qué dice el Reglamento (CE) 561/2006 sobre el descanso semanal: 45 horas el normal, al menos 24 el reducido, cómo se compensa y dónde se hace.
El descanso semanal del conductor tiene dos formas en el Reglamento (CE) 561/2006: el normal, de al menos 45 horas, y el reducido, de menos de 45 horas pero con un mínimo de 24 horas seguidas [V].
Estas reglas de tiempos de conducción y descanso están en el Reglamento (CE) 561/2006 [V].
Las definiciones
El descanso es el periodo en el que el conductor “puede disponer libremente de su tiempo” (art. 4, letra h) [V]. La semana va de las 00:00 del lunes a las 24:00 del domingo (art. 4, letra i) [V].
Cada cuánto
En dos semanas consecutivas el conductor debe hacer al menos dos descansos semanales normales, o bien uno normal y uno reducido de al menos 24 horas (art. 8, ap. 6) [V]. El descanso semanal empieza, como muy tarde, después de seis periodos de 24 horas desde el final del descanso semanal anterior [V].
Quien hace transporte internacional de mercancías puede encadenar dos descansos reducidos fuera del Estado miembro de establecimiento, siempre que en cuatro semanas consecutivas haga al menos cuatro descansos semanales, de los cuales al menos dos normales [V].
Cómo se compensa
La reducción debe compensarse con un descanso equivalente, tomado entero antes del final de la tercera semana siguiente (art. 8, ap. 6 ter) [V]. La compensación va unida a otro descanso de al menos 9 horas (art. 8, ap. 7) [V].
Si un descanso cae entre dos semanas, puede contarse en una de ellas, pero no en las dos (art. 8, ap. 9) [V].
Dónde se hace
Los descansos semanales normales y los de más de 45 horas tomados como compensación no se hacen a bordo del vehículo, sino en un alojamiento adecuado, con instalaciones apropiadas para dormir y servicios higiénicos, que tenga en cuenta las especificidades de género. Los gastos del alojamiento fuera del vehículo corren a cargo del empleador (art. 8, ap. 8) [V].
Qué ocurre con el descanso semanal reducido respecto al alojamiento: la fuente leída solo se pronuncia sobre los normales y los de compensación de más de 45 horas; cualquier otra interpretación queda pendiente de verificar [NV].
El texto consolidado es solo un instrumento de documentación. Este artículo no trata excepciones ni casos concretos.
Español no verificado por un hablante nativo [NV].
Redacción CABINA
Fuentes
- Oficina de Publicaciones de la UE, Reglamento (CE) 561/2006, texto consolidado a 31/12/2024: https://publications.europa.eu/resource/cellar/8c19a9e9-bcb1-11ef-91ed-01aa75ed71a1.0014.02/DOC_1, consultado el 27/10/2026 [V].
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